DEPARTAMENTO II (Cursos y estudios) |
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| Se atiende a Empresas Públicas y Privadas, dictando Curso de Protección de Incendios. |
De acuerdo al número de personas que integran la empresa, las dimensiones y las necesidades de las mismas, depende el nivel del curso, el cual es abonado en U. R. |
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Ley No. 15.896 |
Artículo 3 |
"Compete al Ministerio del Interior por intermedio de la Dirección Nacional de Bomberos el estudio, disposición, supervisión y certificación de todas las medidas y dispositivos concretos de prevención y defensa contra siniestros y de seguridad, destinados a evitar el surgimiento o la propagación de incendios o el agravamiento de las consecuencias de otros siniestros" |
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Ley No. 15.896 |
Artículo 7 |
"Es obligatorio en todo establecimiento comercial o industrial mantener permanentemente instruido en el manejo y utilización de los elementos de defensa contra siniestro, a un número adecuado de su personal, de acuerdo con las reglamentación, la que tendrá en cuenta la importancia de los medios y de los riegos" |
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Por Consultas e información: |
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Tels. (02) 4009071 int. 300 |
Email: |
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